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sábado, 4 de abril de 2020

¿UN NUEVO CONTRATO SOCIAL DIGITAL?

El pasado 22 de marzo de 2020, el diario El País publicó un artículo del filósofo surcoreano Byung-Chul Han titulado "La emergencia viral y el mundo del mañana", en el que este planteaba el fracaso del modelo europeo para afrontar la presente crisis en comparación con el asiático. El texto es muy interesante y recomiendo su lectura íntegra, pero es preciso destacar el siguiente extracto para el desarrollo de esta entrada:

"En comparación con Europa, ¿qué ventajas ofrece el sistema de Asia que resulten eficientes para combatir la pandemia? Estados asiáticos como Japón, Corea, China, Hong Kong, Taiwán o Singapur tienen una mentalidad autoritaria, que les viene de su tradición cultural (confucianismo). Las personas son menos renuentes y más obedientes que en Europa. También confían más en el Estado. Y no solo en China, sino también en Corea o en Japón la vida cotidiana está organizada mucho más estrictamente que en Europa. Sobre todo, para enfrentarse al virus los asiáticos apuestan fuertemente por la vigilancia digital. Sospechan que en el big data podría encerrarse un potencial enorme para defenderse de la pandemia. Se podría decir que en Asia las epidemias no las combaten solo los virólogos y epidemiólogos, sino sobre todo también los informáticos y los especialistas en macrodatos. Un cambio de paradigma del que Europa todavía no se ha enterado. Los apologetas de la vigilancia digital proclamarían que el big data salva vidas humanas." (la cursiva, negrita y subrayados son míos).



El debate que algunos han planteado en el presente escenario de pandemia es hasta qué punto la normativa europea en materia de protección de datos de carácter personal no resulta contraproducente en momentos en los que, aparentemente, una disminución de las restricciones impuestas por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y las leyes estatales ayudaría a controlar el virus. 

De acuerdo con ciertas argumentaciones, estaríamos ante lo que se puede denominar un nuevo contrato social digital en el cual los ciudadanos, en pos del bien común, renuncian a determinados derechos (en este caso, el derecho a la intimidad personal y los datos asociados a esta) con el objeto de que el Estado y/o grandes corporaciones privadas manejen esa información para garantizar otros derechos: sanitarios, sociales, educativos, etc. 

La idea del contrato social lleva formulándose en la filosofía y sociología desde hace milenios con similares denominaciones. Desde Platón y Epicuro, hasta las teorías que más han trascendido académicamente en los últimos siglos: las de Thomas Hobbes, John Locke, Jean-Jaques Rousseau y John Rawls

De acuerdo con Hobbes en su "Leviatán", ese contrato social se establecería entre los súbditos de un monarca quienes renunciarían a derechos individuales a cambio de la protección que otorga este. En cuanto a Locke, en la obra "Dos ensayos sobre un gobierno civil" este pacto social se rubrica entre los propios ciudadanos para dotarse de una justicia y/o autoridad que dirima los conflictos surgidos del "estado de naturaleza" de las cosas. Rousseau afirma por su parte en su archiconocido "El contrato social", que las personas renunciamos voluntariamente a nuestro estado natural (es decir, a nuestras libertades) a cambio de someternos a las reglas de toda sociedad. Por último, el "velo de ignorancia" de Rawls descrito en su imprescindible "Teoría de la Justicia" propone también un acuerdo global de todos los ciudadanos partiendo de una situación imparcial, en la que todos elegirían garantizar determinados derechos y bienes comunes para así asegurarlos en lo individual también. *

(* La simplificación de estas teorías únicamente tiene como objeto dotar  a este escrito de mayor agilidad; recomiendo acudir a las fuentes originales para su conocimiento más preciso).



(imagen de Víctor Rivero en Flickr con licencia CC.2.0)


¿Estamos dispuestos los ciudadanos a renunciar a todos o parte de nuestros derechos en materia de protección de datos de carácter personal en beneficio de una mayor seguridad? Esta pregunta, evidentemente, ha de ser respondida de manera individual y con toda la información disponible para poder tener un criterio fundado. Supone, además, una disyuntiva maniquea que obvia la posibilidad de que esos datos también se cedan de manera anonimizada ( recabar datos mediante técnica que no permita identificar a su titular, es decir, que este siga siendo "anónimo") y puedan seguir siendo útiles para el propósito deseado. 

No obstante, mi respuesta ante la pregunta formulada no admite titubeos por mi parte: NO. 

Es necesario hacer hincapié en que los datos de carácter personal que se están obteniendo ahora mismo en países como China, ejemplo del cambio de paradigma que se debate, van desde información biométrica hasta otros relacionados con la salud, los gustos particulares, costumbres, comportamiento social, geolocalización y casi todo cuanto se pueda imaginar que sea cuantificable tecnológicamente. Esa descomunal cantidad de información, posteriormente, es tratada por algoritmos de inteligencia artificial que motivan las decisiones que el gobierno asiático puede adoptar tanto individualizadas como de forma colectiva al respecto. 

Como ya se ha acreditado en numerosas ocasiones, muchos algoritmos que tratan esos datos contienen un sesgo proveniente, tanto si es voluntario como involuntario, de los propios programadores o de las directrices que les hayan dado para su programación. Ya solamente desde las garantías establecidas en nuestra Constitución para la protección de nuestra intimidad personal (artículo 18.1), así como por aplicación de los principios de igualdad y no discriminación (artículo 14) sería completamente inviable un sistema de estas características en nuestro país y, por extensión, el resto de la UE. 

No obstante y aunque el ejemplo de China tiene también parte de su explicación en la existencia de un régimen totalitario al que no se le pueden oponer principios democráticos, hay otros Estados asiáticos con un sistema de derechos y libertades consolidado como Japón o Corea del Sur que, si bien no tienen implantado un modelo de "ultravigilancia" y control como el del país mandarín, tienen una mayor predisposición a la cesión de esos datos personales a cambio de supuestos beneficios generales. Es lo que en el artículo mencionado anteriormente Byung-Chul Han justifica bajo el prisma de la "mentalidad autoritaria, que les viene de su tradición cultural (confucianismo)" (ver extracto al inicio de este texto). Por tanto, el debate no es una simplificación "democracias vs estados totalitarios" sino que también puede darse entre las alternativas de Estados de Derecho democráticos.


(imagen obra del artista Steve Cutts)

Se ha señalado la posibilidad de que los algoritmos que operan con datos de carácter personal sean considerados como Reglamentos o normas, cuyo código esté plenamente sujetó a un control legislativo y democrático y que para su uso se cumplan siete principios elementales establecidos por la ACM (Association for Computering Machine, USA): concienciación, impugnación y compensación, responsabilidad, transparencia, procedencia de los datos, auditabilidad y valoración y prueba.  

Por tanto, podemos imaginar la posibilidad de que existan algoritmos asépticos que permitan el tratamiento de los datos sin sesgos de ningún tipo y que, aparentemente, sirvan para su propósito. De esta manera se estaría evitando uno de los principales inconvenientes en la utilización de información masiva a través de programas informáticos. Pero aun así que datos de carácter personal relativos a nuestra salud, por poner un ejemplo actual, o similares en importancia (geolocalización, ideología, creencias, etc) se cedan a cambio de una mayor seguridad global hacen bueno, en mi opinión, el aforismo de Benjamin Franklin“Aquellos que renuncian a una libertad esencial para comprar un poco de seguridad no merecen ni la una ni la otra” . 

¿Por qué? Porque mi concepción de la libertad no solamente incluye la visión sartriana que la define como mi capacidad de obrar dentro de una esfera personal como desee, siempre y cuando no atente contra la libertad de los demás. Contiene también el derecho a equivocarme en mis elecciones, a cambiar de opinión sin restricción alguna, a poder tomar decisiones sin que me condicione pensar que estas después vayan a ser analizadas, cuantificadas y puestas al servicio de un bien común con el que quizás no me identifico en absoluto. A poder ir donde quiera sin pensar que esa información está siendo manejada y utilizada por otras personas.

Por eso considero que un nuevo contrato social digital de esas características no puede conllevar la pérdida de derechos y principios elementales de nuestra sociedad democrática. Que la lucha contra amenazas globales como el coronavirus y otras similares se ha de librar sin renunciar a la esencia de lo que somos, a nuestros principios y libertades. Que la tecnología no es buena o mala per se, sino que depende del uso y finalidad que queramos darle y que existe el conocimiento necesario (datos anonimizados, simulaciones) para poder utilizarla para el bien de todos sin necesidad del debate a todo o nada que conlleva "menos libertad para más seguridad".

lunes, 11 de febrero de 2019

EL PEÓN QUE SE CONVIRTIÓ EN DAMA

Tal día como hoy, hace ahora cuatro años, la Comisión de Educación y Deporte del Congreso de los Diputados aprobó una Proposición no de Ley (PNL) por la que, básicamente, se instaba al Gobierno a fomentar la introducción del ajedrez como herramienta pedagógica en el sistema educativo español. También a su difusión y promoción en espacios públicos. 

Al haber transcurrido desde entonces la duración de una legislatura convencional, considero que es un buen momento para reflexionar sobre los objetivos conseguidos por la iniciativa, así como también mencionar aquellos que todavía no se han alcanzado. 

En el momento en que se debatió la propuesta, febrero de 2015, existía una Declaración del Parlamento Europeo del 11 de marzo de 2012 por la que se instaba a la implantación del programa "Ajedrez en la Escuela", entre otras cuestiones, que sirvió como base sobre la que confeccionar la PNL. Gracias a la imprescindible colaboración del periodista y Maestro Internacional Leontxo García y del Maestro FIDE Joan Ramón Galiana, coautores junto con quien suscribe, el texto quedó listo para ser registrado y, finalmente, se aprobó por unanimidad de todos los partidos políticos. 


Leontxo García, Pablo Martín y el Portavoz de Educación del GPS, Mario Bedera


Hasta entonces tan solo dos comunidades autónomas, Cataluña y Cantabria, habían llevado a cabo iniciativas similares dignas de mención. En la actualidad, son ya ocho las que han introducido el ajedrez de una forma u otra, como herramienta pedagógica en sus sistemas educativos. La última en incorporarse ha sido Baleares, el pasado mes de octubre de 2018.

Es preciso recordar que las características del ajedrez que le permiten ser una herramienta completamente transversal en el ámbito educativo y social, son muchas y variadas. Desde su accesibilidad material y económica, hasta sus capacidades para aumentar la comprensión lectora, el cálculo matemático, la capacidad de concentración o combatir el TDAH. 

Pero tampoco hay que olvidar la profunda simbología que puede albergar este juego-ciencia. Siempre me ha gustado resaltar que el ajedrez, como metáfora de la vida y los valores democráticos, permite comenzar como el elemento más humilde del tablero, el peón y que el avance, la estrategia, la determinación, el esfuerzo y, también, algo de suerte pueden conseguir llegar a la meta y convertirnos en el elemento más poderoso, la dama. Incluso como ejemplo de igualdad esta reflexión funciona. 

En cuanto a las asignaturas pendientes, considero que los objetivos que ahora deberían perseguirse son continuar con la implantación del ajedrez como herramienta pedagógica en el resto de comunidades que todavía no lo han hecho (las dos Castillas, País Vasco, Extremadura, Comunidad Valenciana, Asturias, Madrid, Murcia y La Rioja, además de las ciudades de Ceuta y Melilla). 

También debería llevarse a cabo un debate parlamentario, tanto en las Cortes Generales como en las cámaras autonómicas, en el que se tratara el uso del ajedrez como herramienta de integración social y terapéutica, que es la otra gran posibilidad que ofrecen las 64 casillas al margen de los aspectos deportivos. En este sentido, Extremadura está situada a nivel mundial como la máxima autoridad al haberlo introducido en centros penitenciarios, centros de inserción de menores o rehabilitación de drogadictos entre otras muchas posibilidades.

Portada de la revista Ajedrez Social y Terapéutico a raíz de la aprobación en el Congreso de los Diputados de la PNL


Efectivamente y de acuerdo con el proverbio chino que dice que el ajedrez es como la vida, la cual cambia a cada movimiento, son muchas las cosas que todavía pueden conseguirse gracias a un tablero y 32 piezas. Prácticamente en cualquier ámbito, tal y como nos recuerda la Gran Maestra Maria Manakova: "El ajedrez es un duelo mágico como el juego de amor. Se trata de intuición, comunicación sin palabras. Un hombre y una mujer pasan una vida en común jugando una partida.Desde el primer conocimiento hasta el primer contacto, desde la primera coquetería hasta la ilusión, desde el ataque a la conquista hasta alcanzar la rotura de la resistencia." 

De momento, la iniciativa que comenzó siendo tan solo un peón gracias a la ilusión y humildad de un pequeño grupo de personas, ha conseguido convertirse en dama. Ahora tan solo falta que gane la partida. Hay buenas perspectivas. 


jueves, 10 de enero de 2019

¿SE PUEDE CUANTIFICAR EL AMOR?

En la película "Yo, Robot" (2004) protagonizada por Will Smith y basada en la obra de Isaac Asimov, hay una escena en la que una Inteligencia Artificial debe resolver un dilema moral:  tras un accidente ha de escoger entre salvar la vida de un adulto que roza las cuatro décadas de existencia, o la de una niña que apenas tiene 12 años. La decisión, para la máquina, es muy sencilla: ella solamente tiene un 11% de probabilidades de sobrevivir por las heridas que padece; él un 45%. El robot escoge salvar la vida de Smith. 



En la actualidad, existen muchísimos ejemplos similares tanto cinematográficos como basados en experiencias reales, en los que se plantean algunas de las principales cuestiones que rodean el debate sobre la IA y las nuevas tecnologías: ¿cómo podemos dotarlas de ética para que adopten sus decisiones basándose no solamente en algoritmos, sino también en la inteligencia emocional? 

La respuesta es, evidentemente, muy complicada. No solamente porque no existe una sola definición sobre lo que puede considerarse "ético" y lo que no. También comporta desentrañar  qué debemos codificar como "inteligencia emocional", ya que las teorías de Howard Gardner sobre las múltiples inteligencias por muy atractivas e interesantes que nos resulten, no han sido todavía demostradas científicamente. 

Pero, independientemente de estos dilemas, de lo que no cabe duda es que ha de existir un marco legal que regule los conflictos que se puedan generar por las aplicaciones tecnológicas que toman decisiones autónomas de este calado. Y para que exista ese marco legal, antes tenemos que dotarlo de un contenido ético y filosófico, como sucede con muchas de las leyes que se promulgan. 

Hoy en día, sabemos que los algoritmos toman decisiones por nosotros en la mayor parte de los programas que utilizamos de manera cotidiana. Tanto en las búsquedas que realizamos para planear un viaje, como en la publicidad comercial que nos aparece en los espacios virtuales. En muchas ocasiones, esos algoritmos al estar creados por humanos cometen los mismos errores que sus autores: sesgos racistas, de género, culturales, etc.

Este tipo de problemas solamente tendrán solución si una legislación basada en los principios democráticos y derechos universales marcan la senda por la que deben transitar las aplicaciones que se divulguen en adelante. Si los programadores deben atenerse a estos valores porque una ley los ha establecido como obligatoriamente aplicables, su propia ideología o creencias incidirán en menor medida en los cálculos del algoritmo. 



Si hasta ahora estos sesgos digitales se han producido, principalmente, en el ámbito comercial imaginemos los estragos que podría causar en otros aspectos cruciales de nuestras vidas. Como en el amor. 

Ahora mismo nos parece muy lejana la posibilidad de que las aplicaciones informáticas puedan decidir y escoger por nosotros a quién amamos y a quién no. Pensamos que los asuntos del corazón siguen perteneciendo a la esfera de lo estrictamente humano y que las máquinas, carentes de todo tipo de sensores o chips que sean capaces de captar un sentimiento tan especial, están en un mundo aparte. 

Sin embargo, la ciencia ha comprobado ya que hay determinados parámetros relacionados con el mundo de lo sentimental que sí pueden medirse: la cantidad de oxitocina y vasopresina que segregamos en nuestras relaciones amorosas, por ejemplo. Es decir, el modo en que hormonamos hombres y mujeres ante alguien que nos gusta. 

Imaginemos una aplicación capaz de medir el nivel de esas hormonas junto con otros factores como la afinidad cultural, la simetría en gustos cotidianos, la edad, la salud, etc. Al igual que en el capítulo de la serie de Netflix Black Mirror: "Hang the DJ.", donde una aplicación de citas hace un cálculo sobre la semejanza entre parejas potenciales para determinar sus posibilidades de éxito. 



¿Realmente en el supuesto de que existiera algún día un programa semejante estaríamos dispuestos a permitir que una decisión tan importante estuviera en manos de algoritmos sin control legal o ético alguno? ¿Cómo condicionaría previamente nuestra decisión final, el que una aplicación estableciera de antemano si esa persona que tanto nos gusta (sin que podamos explicarnos por qué) y creemos el amor de nuestra vida no es compatible con nosotros?

No podemos todavía cuantificar el amor hacia nuestros semejantes, afortunadamente, y quizás nunca podamos hacerlo. Cuando le decimos a alguien "Te quiero mucho" solamente sirve para que la otra persona se haga una idea aproximada, pero resulta imposible medir ese amor en términos cuantitativos. Quizás la pregunta que debamos hacernos también es, si pudiéramos: ¿querríamos hacerlo? ¿estaríamos preparados para posibles comparaciones entre amantes, padres, hijos o hermanos? 

Desde el ámbito de la reflexión filosófica sobre este asunto, aunque Platón en "El banquete" nos habla de los diversos tipos de amor que existen y que Confucio nos recuerda que por muy lejos que el espíritu vaya, nunca irá más lejos que el corazón, este texto debe acabar del mismo modo que ha comenzado: con una referencia cinematográfica. 


La escena de "Interstellar" entre la Dra. Brand (Anne Hathaway) y Cooper (Matthew McConnaughey) en la que hablan sobre las capacidades del amor por encima de consideraciones científicas, que se sintetiza con la siguiente frase: "El amor es lo único que somos capaces de percibir que trasciende las dimensiones del tiempo y del espacio”.